Viajaré con animales. ¿Que es necesario?
Importante: Las reglas a continuación son generales y pueden ser ajustadas de acuerdo a la operación de cada vehículo. Reforzamos la necesidad de ponerse en contacto con el vehículo que realizará su viaje para comprobar los trámites necesarios para su embarque junto con su animal.
Mascotas:
La mayoría de los vehículos permiten viajar con mascotas. Sin embargo, se deben observar algunas reglas:
De acuerdo con la normativa de la ANTT (Agencia Nacional de Transporte Terrestre), los perros y gatos deben ir acompañados del Certificado Sanitario, expedido 3 días antes del viaje por un veterinario debidamente registrado en el Consejo Regional de Medicina Veterinaria del Estado de origen del animal.
Si el animal tiene más de 90 días, debe ir acompañado de comprobante de vacunación antirrábica, con una fecha mayor a 30 días antes del embarque y menor a un año.
Se impide el embarque de animales que por su tamaño, ferocidad, veneno o salud dañen a otros pasajeros de alguna manera. Debe estar envasado en un recipiente adecuado para su transporte, libre de residuos, agua y alimentos. Es decir, debe ser seguro y cómodo, para garantizar también la tranquilidad y seguridad de los pasajeros. Este contenedor específico para transporte tiene características técnicas que se deben tener en cuenta al momento de adquirirlo. Debe ser de fibra de vidrio o material resistente similar, sin salientes ni protuberancias, hermético y con una dimensión máxima de 41x36x33 centímetros. En las paradas, el propietario debe organizar la limpieza del contenedor.
La mayoría de rutas permiten que el animal viaje por debajo de las piernas del dueño en el asiento, sin embargo, otras indican que es necesario obtener un pasaje adicional para que la mascota ocupe el espacio del asiento contiguo. Adicionalmente, algunas rutas tampoco permiten el embarque de animales, por lo que te recomendamos que te comuniques con el vehículo de interés con anticipación para verificar las condiciones determinadas.
Perro guía:
Viajar con un perro guía es un caso específico e individual. Las personas con discapacidad visual tienen derecho a viajar con su perro guía independientemente del peso y el pago de la tarifa. Estos animales deben transportarse entre las piernas de su dueño.
Animales salvajes:
En el caso de animales silvestres, fauna brasileña o exótica, es necesario que se presente una autorización de tránsito del IBAMA, en los términos de la ley, para que se pueda realizar el embarque. Las condiciones adicionales de transporte deben consultarse directamente con el vehículo responsable.
{Tradução Google Translate}
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